ASOCIADOS HONORARIOS DEL CALAS

Con base a lo establecido en los artículos 5, 11,23, 26 y a las literales a), j) y ñ) del articulo 27 de los Estatutos vigentes de la Asociación Centro de Acción Legal-Ambiental y Social de Guatemala -CALAS- debidamente aprobadas por asociaciones civiles correspondiente; declara que son Asociados Honorarios las personas que, de acuerdo a sus relevantes méritos, sean designados como tales por la Junta Directiva del CALAS.

El reconocimiento se desarrolla en tres fases consistentes en: